Abierto el plazo para solicitar ayudas para la adquisición de material ortopédico y gastos farmacéuticos

Desde hoy también pueden solicitarse las ayudas para los mínimos vitales

Ya se pueden solicitar las ayudas para la adquisición de productos farmacéuticos y ortopédicos a lo largo del presente año. Unas ayudas que concede el Ayuntamiento que tienen para todo este año 2020 una cuantía económica total de 10.000 euros.

Las bases que regulan estas ayudas, que pueden tramitarse a través de la concejalía de Política Social y Dependencia, establecen que están destinadas a la compra de productos prescritos por facultativos, y los beneficiarios son personas o unidades familiares que se encuentren en riesgo de exclusión social. En el caso del material ortopédico, destacar que la ayuda cubrirá los productos no cubiertos por el SES, y lentes oculares para menores de edad y que estén igualmente prescritas por facultativos. Estas ayudas municipales son compatibles con otras que el Ayuntamiento conceda para hacer frente a las necesidades básicas de estas personas.

Por lo que respecta a la cuantía de las ayudas, destacar que se concede una ayuda de 300 euros, incrementándose en 50 euros más en el caso de haber más de un beneficiario en la unidad familiar. El máximo de ayuda que se concede por unidad familiar será de 500 euros. Hay que subrayar, además, que en el caso de los tratamientos ortopédicos, la ayuda que se concede será del 50% del coste total del producto.

REQUISITOS

En cuanto a los requisitos necesarios para poder optar a estas ayudas y ser beneficiario de las mismas, hay que cumplir una serie de condiciones socioeconómicas que se tendrán en cuenta a la hora de baremar las distintas solicitudes. De esta forma, hay aspectos como la renta, si hay personas con discapacidad y su grado; así como el pago de hipoteca o alquiler de la vivienda de la unidad familiar.

Además, hay que cumplir otra serie de requisitos entre los que figura el estar empadronado y residir legalmente en Villanueva desde hace, al menos, seis meses antes de la fecha de presentación de la solicitud. También es necesario estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; así como carecer de renta e ingresos suficientes. A todo ello hay que añadir una serie de documentación que acredite la situación y por la que se solicita la ayuda. Tras la presentación de la solicitud, hay un plazo máximo de tres meses para resolverla.

Al igual que en otro tipo de ayudas que se solicitan y se tramitan a través de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, hay que pedir cita previa para que las trabajadoras sociales puedan atender al ciudadano y tramitar la ayuda. Los interesados en solicitar las ayudas, tendrán que  llamar  a los teléfonos de 924843750, de la oficina de plaza de Salamanca, y al 924437204 en las dependencias de plaza de España.

MÍNIMOS VITALES

Por otra parte, recordar que desde este lunes 27 de abril se pueden solicitar las ayudas para garantizar a los ciudadanos el acceso a los servicios de suministro mínimos vitales para este año 2020. En concreto, la consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura ha concedido una subvención de 53.300 euros. Al igual que en el caso de otras ayudas, hay que hacer el mismo trámite, es decir, pedir cita previa por teléfono en los Servicios Sociales de la ciudad.