El grupo de gobierno presenta este jueves en el pleno ordinario correspondiente al mes de octubre una propuesta que beneficiará a un buen número de familias de Villanueva de la Serena y sus tres entidades locales menores de Valdivia, Zurbarán y Entrerríos. En concreto, se trata de una bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), conocido popularmente como la contribución, y que oscila entre el 30% hasta el 75%, en función de si ese es familia numerosa general o especial, además de tener en cuenta el valor catastral de la vivienda.
Estas medidas, que se aprobarán el jueves 26, las ha presentado el alcalde Miguel Ángel Gallardo acompañado por los alcaldes de las ELM. Una acción, destaca el alcalde, que beneficiará a las clases medidas de todo el término municipal de Villanueva de la Serena. Hasta ahora, recuerda, durante los años de gobierno han sido muchas las medidas encaminadas a la protección de las familias y personas más vulnerables y en situación socioeconómica más desfavorecida. También se han hecho bonificaciones, por ejemplo, en las matrículas de las escuelas de cultura o deportes, destaca.

El alcalde ha agradecido el compromiso y la sensibilidad social de los tres alcaldes, ya que sin ellos, destaca, no hubiera sido posible. Los responsables municipales de las ELM han puesto en valor la importancia de esta bonificación, que es fruto de la política social que se lleva a cabo en el término municipal de Villanueva de la Serena.

Para muchas personas, explica el alcalde, va a ser una actuación importante y que será beneficiosa para sus economías. Además, afecta no solo a aquellas personas que son vulnerables sino a muchas familias de clase media. Con esta acción, añade, “muchos ciudadanos van a estar mejor protegidos y mejor acogidos por el Ayuntamiento. Se trata de una medida compensatoria más y es fruto de la escucha activa que el gobierno tiene hacia los ciudadanos y colectivos; ya que han sido muchas las familias que han pedido algún tipo de medida en este sentido”.
Esta medida ya se aplicará a partir de enero de 2018, y es una reducción que habrá que solicitar anualmente por parte de los interesados. En el caso de la bonificación del próximo año, se podrá solicitar hasta el 31 de enero, una vez se apruebe de forma definitiva esta medida.

Por lo que respecta a las deducciones en el impuesto, señalar que para familias de carácter general la bonificación será del 50% en el pago del IBI si su vivienda tiene un valor catastral de hasta 30.000 euros. La bonificación será del 30%, si el valor catastral de la vivienda está entre 30.001 y hasta 55.000 euros.
En cuanto a las familias numerosas de carácter especial, la reducción será mayor. Del 75% en viviendas con valor catastral de 30.000 euros, y del 55% para las viviendas de entre 30.001 y 55.000 euros.
En ambos casos de familias numerosas general o especial, si el valor catastral es superior a los 55.001 euros, no tendrán bonificación alguna.
Las personas interesadas en solicitar esta bonificación deben cumplir una serie de requisitos no solo en cuanto a la familia numerosa como tal, en función de sus miembros y situaciones de discapacidad u orfandad, además de un progenitor separado o divorciado, viudo. En definitiva los diferentes tipos de familias numerosas que hay y que se contemplan. Además, cualquier cambio que se pueda producir en la unidad familiar y que suponga la pérdida del derecho, hay que notificarla. Igualmente será necesario presentar un certificado de ingresos en aquellos casos en los que se haya tenido en cuenta para acreditar la dependencia o la consideración de familia numerosa especial no por número de hijos sino por ingresos.
De todos los requisitos y la documentación que es necesaria aportar junto con el impreso oficial cumplimentado, se informa en el OAR; que será el organismo que tramite esta solicitud de bonificación por parte de aquellas familias que sean beneficiarias de las mismas.


